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viernes, 12 de julio de 2013

Publicada la nueva LOTT…¿y ahora qué?

Ha sido publicada en el B.O.E. la nueva Ley de Ordenación del Transporte Terrestre



Finalmente esta ley, incluye la cláusula de la Acción Directa, la cual ha quedado expresada de la siguiente manera:
Disposición adicional sexta. Acción directa contra el cargador principal en los supuestos de intermediación.
En los supuestos de intermediación en la contratación de transportes terrestres, el transportista que efectivamente haya realizado el transporte tendrá acción directa por la parte impagada, contra el cargador principal y todos los que, en su caso, le hayan precedido en la cadena de subcontratación, en caso de impago del precio del transporte por quien lo hubiese contratado, salvo en el supuesto previsto en el artículo 227.8 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.”
Esta cláusula ha suscitado la crítica por parte de los cargadores finales, que pueden verse en la situación de acabar pagando dos veces por el mismo servicio. Sin embargo, el objetivo último es reducir en lo posible los niveles de subcontratación, así como el alto porcentaje de impago que están sufriendo los transportistas “finales” en los últimos años.
Por otro lado, también se ha incluido un artículo muy criticado por los transportistas, y es que se exime de responsabilidad de determinadas infracciones relacionadas con los tiempos de conducción o descanso a las empresas que contratan a los conductores.
Este aspecto ha quedado reflejado en la ley de la siguiente manera:
Setenta y seis. Se añade un punto 4 al artículo 138, con el siguiente texto:
4. No obstante lo dispuesto en los puntos 1 y 2 de este artículo, las personas a que se hace referencia en ellos no responderán de las infracciones cometidas en relación con los tiempos de conducción y descanso de los conductores o con la manipulación, falseamiento, o uso indebido del tacógrafo, cuando acrediten que los hechos que las determinaron constituían una falta muy grave de indisciplina o desobediencia cometida por uno de sus conductores que dio lugar a que éste fuera objeto de una de las sanciones que las disposiciones legales o el convenio colectivo aplicable aparejan a esta clase de faltas, siempre que dicha sanción haya sido declarada procedente mediante sentencia firme o no haya sido objeto de reclamación judicial por parte del trabajador en el plazo previsto para ello.
No se tendrá en cuenta esta exención cuando la sanción disciplinaria al conductor implicado no fuera más allá de la postergación o inhabilitación para ascensos en la empresa.”
En definitiva, la nueva LOTT seguirá dando que hablar entre todas los actores del sector, como ha estado haciendo hasta ahora. Aun así, todavía queda esperar a la aprobación de la regulación (ROTT) para lo que se ha establecido un plazo máximo de dos años.

Podéis consultar la nueva ley en el   AQUI

domingo, 7 de julio de 2013

En Breogán Tte mienten más que hablan

Solo hay que buscarlos en internet para ver lo que cuentan

Mirar AQUI

Si es que...  dende luegooo... como son

BREOGÁN TRANSPORTE confía en SATDATA para gestionar su flota



Breogán Transporte y SATDATA han comenzado juntos una nueva etapa. La empresa logística acudió a SATDATA en busca de una solución de gestión de flotas que le ayudase a optimizar su trabajo diario, a gestionar con mayor rentabilidad su rutas y a programar el día a día con la mayor garantía de eficacia y eficiencia.

La noticia completa AQUÍ menos el comentario de abajo que no es de la noticia

No dudo que SATDATA pueda hacer una mejor gestión de flotas. Pero lo que es Breogán debería de invertir mas en formación para el departamento de trafico, ya que la mayoría de los que hay en dicho departamento no tienen ningún titulo que los acredite como gestores de un departamento logístico


lunes, 1 de julio de 2013

DACHSER el grupo aleman




Un regalo para los empleados de Breogan Transportes S.A.U.





De parte de DACHSER 

Por: Jesús Rodriguez Polo y sus fieles seguidores del comité de empresa alternativa de conductores, después de haber pactado no subir las dietas para no tener que realizar despidos.

¿Que mas se puede esperar? de estos personajes

Hagan sus apuestas 

jueves, 27 de diciembre de 2012

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

II ACUERDO GENERAL PARA LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA

Sin duda un documento interesante para las personas que se dedican y viven del transporte.
Las obligaciones del conductor mecánico
 
 16.4 Conductor mecánico: Es el empleado que, estando en posesión del permiso de conducción de la clase «C + E», se contrata con la obligación de conducir cualquier vehículo de la empresa, con remolque, semirremolque o sin ellos, a tenor de las necesidades de ésta, ayudando si se le indica a las reparaciones del mismo, siendo el responsable del vehículo y de la carga durante el servicio, estando obligado a cumplimentar, cuando proceda, la documentación del vehículo y la del transporte realizado y a dirigir, si se le exigiere, la carga de la mercancía. Le corresponde realizar las labores necesarias para el correcto funcionamiento, conservación y acondicionamiento del vehículo, así como las que resulten precisas para la protección y manipulación de la mercancía. Habrá de comunicar de inmediato al responsable del taller, o persona que al efecto la empresa señale, cualquier anomalía que detecte en el vehículo. Deberá cubrir los recorridos por los itinerarios que se fijen o, de no estar fijados, por los que sean más favorables para la correcta cumplimentación del servicio.
Quedarán automáticamente clasificados en esta categoría profesional, aunque carezcan de permiso de conducir de la clase «C + E», los conductores que conduzcan para una misma empresa durante más de 6 meses, continuos o alternos, alguno de los vehículos a los que se refiere el apartado 16.6.

16.5 Conductor: Es el empleado que, aun estando en posesión del carné de conducir de la clase «C + E», se contrata únicamente para conducir vehículos que requieran carné de clase inferior, sin necesidad de conocimientos mecánicos y con la obligación de dirigir, si así se le ordena, el acondicionamiento de la carga, participando activamente en ésta y en la descarga, sin exceder con ello de la jornada ordinaria; es el responsable del vehículo y de la mercancía durante el viaje, debiendo cumplimentar,cuando proceda, la documentación del vehículo y la del transporte realizado; le corresponde realizar las labores complementarias necesarias para el correcto funcionamiento, conservación y acondicionamiento del vehículo, así como las que resulten precisas para la protección y manipulación de la mercancía. Habrá de comunicar de inmediato al responsable del taller, o persona que al efecto la empresa señale, cualquier anomalía que detecte en el vehículo. Deberá cubrir los recorridos por los itinerarios que se le fijen o, de no estar fijados, por los que sean más favorables para la correcta cumplimentación del servicio.
 16.6 Obligaciones específicas de los conductores, comunes a las categorías profesionales 16.4 y 16.5: Además de las generales de conductor, anteriormente enunciadas, que constituyen el trabajo corriente, les corresponden las que resulten de los usos y costumbres y de la naturaleza del servicio que realicen, debiendo tener la formación requerida cuando se trate de mercancías peligrosas. A título meramente indicativo se relacionan a continuación las siguientes:
16.6.A Cuando conduzca vehículos-cisterna deberá realizar respecto de su propio vehículo los siguientes cometidos:
a) Inspeccionar el estado, limpieza y conservación de las cisternas y sus accesorios, como tuberías, bocas de carga y descarga, válvulas, manómetros de presión, elevadores, calefactores, bombas de descarga y similares.
b) Empalmar y desempalmar mangueras de carga y descarga, abrir y cerrar válvulas, controlar el llenado y vaciado, incluso subiendo a lo alto de las cisternas si ello fuese necesario; y realizar la purga de los depósitos de las cisternas antes de proceder a su descarga, con el fin de evitar la contaminación de los productos en los tanques de los clientes.
c) Controlar las presiones y despresionar utilizando las caretas y demás elementos de seguridad que se le faciliten.
d) Si las cisternas son de gases habrá de controlar presiones y comprobar, una vez efectuada la operación de carga y/o descarga, la estanqueidad de la valvulería de la cisterna, así como si la cantidad cargada se corresponde con los pesos máximos autorizados.
16.6.B Cuando conduzca vehículos frigoríficos deberá:
a) Inspeccionar y vigilar el correcto funcionamiento del equipo de producción de frío durante el transcurso del transporte.
b) Dirigir la estiba de la carga de forma que se asegure convenientemente la circulación de aire interior, cuando proceda.
c) Efectuar el preenfriamiento de la caja del vehículo antes de iniciarse la carga, de acuerdo con las instrucciones que se le indiquen.
16.6.C Cuando conduzca camiones portavehículos deberá cargar y sujetar los vehículos en el camión, así como descargarlos.
16.6.D Cuando conduzca vehículos para transporte de áridos o provistos de grúa tiene la obligación de realizar las operaciones necesarias para la carga y descarga de los áridos y el manejo de la grúa.
16.6.E Cuando conduzca vehículos de empresas de mudanzas y guardamuebles colaborará activamente en los trabajos propios de la mudanza o servicio que realice el vehículo que conduzca.
16.7 Conductor-Repartidor de vehículos ligeros: Es el empleado que, aun estando en posesión de carné de conducir de clase superior, se contrata para conducir vehículos ligeros. Ha de actuar con la diligencia exigible para la seguridad del vehículo y de la mercancía, correspondiéndole la realización de las labores complementarias necesarias para el correcto funcionamiento, mantenimiento, conservación y acondicionamiento del vehículo y protección de éste y de la carga, teniendo obligación de cargar y descargar su vehículo y de recoger y repartir o entregar la mercancía. Habrá de comunicar de inmediato al responsable del taller, o persona que al efecto la empresa señale, cualquier anomalía que detecte en el vehículo. Deberá realizar sus recorridos por los itinerarios que se le fijen o, de no estar fijados, por los que sean más favorables para la correcta cumplimentación del servicio.
16.8 Capitonista: Es el empleado capaz de realizar una mudanza, embalar y preparar, armar y desarmar, subir y bajar muebles, cuadros, ropas, pianos, cajas de caudales, maquinaria y toda clase de objetos análogos; cargar capitonés, contenedores, etc., en domicilio, estación, puerto, almacén; instalar adecuadamente los aparatos necesarios para estas cargas y descargas, pudiendo asimismo sustituir al Jefe de Equipo cuando el caso lo requiera.

Podéis descargarlo de AQUÍ

Espero os resulte interesante

domingo, 16 de diciembre de 2012

Dachser adquiere a su socio en la Península Ibérica, Azkar

A partir del 15 de enero de 2013, sujeto a la aprobación de las autoridades de la competencia, el operador logístico internacional Dachser adquiere el operador logístico español Azkar. La compañía es una de las mayores empresas de logística en la Península Ibérica, líder de mercado en el segmento de paquetería industrial en España. La compañía generó unos ingresos de 367 millones de euros en 2011, con una plantilla de más de 3.000 empleados y 2.000 autónomos que trabajan en 91 centros. Tras la adquisición, la empresa continuará siendo dirigida por José Antonio Orozco y el actual equipo de gestión. Además la compañía continuará operando bajo la misma marca. Para Bernhard Simon, Consejero Delegado de Dachser, realizar esta inversión en España en este momento es un síntoma indicativo de la confianza de Dachser en el futuro de Europa. El objetivo de la adquisición es garantizar el crecimiento futuro de ambas compañías.  Sacado de aqui



ingenuidad

 Lo primero que hizo Azkar al tomar el control de TRansportes BReogan fue despedir conductores y contratar autonomos del Este de Europa en condiciones lamentables de trabajo

No necesitamos este tipo de empresarios especuladores al estilo DIaz FErran

GAlicia les importa un rabano



Una respuesta sacada de aqui




Fernández Somoza, algo más que Azkar

¿QUÍEN ES el propietario de las sedes de la constructora FCC, de Esther Koplowitz, en Madrid y Barcelona? ¿Y el casero de la operadora de cable Ono en Aravaca, su cuartel general en la carretera de A Coruña? Pues un gallego de Lugo, en concreto de la parroquia de San Pedro de Calde, que esta misma semana ha cerrado la venta de una de sus empresas, Transportes Azkar, a un conglomerado alemán, Dachser, del que ya era socio. Luis Fernández Somoza, a sus 77 años, casado y con tres hijas, a buen seguro optó por dar continuidad a un proyecto que consumó en 1992, la compra de Azkar, dándole vueltas a nuevas inversiones, convencido de que la opción que tomó, vender la empresa, era la mejor forma de apuntalar el proyecto a futuro. Porque el empresario lucense es desde hace años un activo inversor a través de todo un grupo de sociedades, desde operaciones en los mercados financieros hasta compras inmobiliarias.
Dos ejecutivos gallegos, que también eran accionistas de Azkar, serán los encargados, por ahora, de pilotar la nave: José Antonio Orozco y Juan Antonio Quintana, vicepresidente y director general, respectivamente, de la compañía de transportes, que pasa a estar controlada íntegramente por el grupo de Baviera. Sobre ambos recae el reto de mantener los vínculos de Azkar con Galicia, la plantilla, las inversiones y sus principales clientes, entre los que se encuentra uno especial: Inditex. De hecho, aunque asimilada su galleguidad desde que Fernández Somoza se hizo con las riendas de Azkar, la compañía ha mantenido siempre su sede social en Lazkao, Guipúzcoa. Sin embargo, el grupo de inversión del empresario, nucleado en torno a Subel y a otras sociedades, tiene base de operaciones en Galicia.
Aunque el importe de la venta no ha transcendido, en línea con la filosofía de la casa de hablar con hechos, no con cifras, la de Akzar es una de las operaciones corporativas del año, que permitirá al empresario obtener todavía más liquidez que cuando decidió sacar a Bolsa la firma de transportes. Porque el 3 de febrero de 1999 Azkar se convirtió en la primera empresa del sector transporte en salir al parqué, operación en la que participaron el 90% de los empleados, incluidos los autónomos. Inicialmente, el 44% del capital salía al mercado, lo que supuso para la compañía unos ingresos de 150 millones de euros, 25.000 millones de las pesetas de entonces. La operación fue todo un éxito.
La presencia de Transportes Azkar en el parqué duró cinco años y medio. En el momento del lanzamiento de la oferta pública de venta (OPV) la compañía había justificado la operación como una fórmula para garantizar la continuidad más allá de su fundador, pero posteriormente optó por su exclusión de Bolsa. Esa operación llevó al presidente de Transportes Azkar a constituir una sociedad de inversión en capital variable (sicav), Ardizia de Inversiones, en la que también están presentes su mujer e hijas, que llegó a contar con un patrimonio medio de nada menos que unos 252 millones de euros.
La familia integrada por Luis Fernández Somoza, su mujer, María Teresa Paradela Núñez, y sus hijas Elisa, Belén y Susana, a través de firmas como Carteson, Subel o Inmobiliaria Pocomaco, ha dirigido desde hace años sus pasos hacia otros negocios, tanto de transportes como inmobiliarios. Sobre el grupo, entre otras filiales, pivotan Vivienda Confort Coruña, Ingatrans, Transportes Auto Radio, Breogán Transporte o Zaphir Logistics.
Hoy en día, el empresario es un activo promotor. Solamente Subel tiene un patrimonio declarado de 413 millones de euros. Para tener una idea de los recursos del grupo, en 2011 las operaciones de compra de las sedes de FCC en Madrid y Barcelona y la de Ono, también en Madrid, donde las compañías siguen como inquilinas, estuvieron valoradas en 60 y 20 millones de euros, respectivamente.
Orígenes. Hijo de labradores, Fernández Somoza se quedó huérfano de padre a los 14 años. A los 17 busca ya en los alrededores de Lugo carga de retorno para los camiones que regresaban a la Meseta. Había nacido como empresario. Empezó con un motor de cuatro cilindros de la marca Eduardo Barreiros, otro emprendedor con mucha historia, en este caso de Ourense, y terminó con una plantilla inmensa. Plenamente activo, acostumbra a subir de dos en dos las escaleras de su oficina, y sigue diciendo que, cuando quiere hablar con gente que sabe, tiene que volver a sus orígenes.

Que vergüenza de ministra

Solo hay que escucharla para no enterarse de nada


 

Sus habéis enterau dalgo